Con la implementación de la Ley de la Economía Familiar en junio de 2023, se han producido cambios sustanciales en el Régimen Impositivo para Microempresas (RIMPE) en Ecuador. Este régimen estaba destinado a negocios populares, caracterizados por ingresos de hasta $20,000 y sin utilidades. Antes de la ley, este régimen tenía ciertos pilares:

  1. Ingresos Limitados: Personas con ventas de $0 a $20,000, sin utilidades.
  2. Pago Único: Un único pago de $60 correspondiente a la declaración.
  3. Comprobantes de Venta: Solo se emitían Notas de Venta.
  4. Actividades Excluyentes: Si tenían actividades excluyentes, debían utilizar facturación electrónica y pagar impuestos bajo el régimen general para esas actividades.

Con la promulgación de la Ley de la Economía Familiar, entraron en vigencia cambios inmediatos, como la posibilidad de emitir facturas electrónicas con IVA 0%. A partir del 1 de enero de 2024, otros cambios clave incluyen:

  1. Actividades Excluyentes: Si tenían actividades excluyentes, debían pasar al régimen general.
  2. Superar los $20,000: Si superaban los $20,000 en cualquier momento del año, pasaban a la categoría de Emprendedor, debiendo empezar a facturar electrónicamente con IVA 12%.
  3. Nueva Tabla Impositiva: Introducción de una nueva tabla progresiva para el pago del Impuesto a la Renta, basada en los ingresos brutos del ejercicio fiscal.

Tabla Progresiva de Impuesto a la Renta para Negocios Populares:

Estos cambios buscan fortalecer la economía familiar y garantizar una tributación equitativa para los pequeños negocios en Ecuador. Es esencial que los contribuyentes comprendan y se adapten a estas modificaciones para cumplir con las obligaciones fiscales.